En otros programas, cuando el Asiento incluye una cuenta de IVA, se tienen que rellenar además los datos específicos para el Libro-registro de Facturas. En OfiPro sólo tiene que grabar el asiento, y ya está: el Libro-registro de Facturas ya habrá incluido automáticamente la factura del Asiento que acaba de introducir.
Esto permite ahorrar tiempo, y evita las diferencias entre los datos del Diario y los Libros-registro de facturas.
Para que el Libro-registro de facturas se confeccione correctamente, deberá seguir ciertas normas básicas al contabilizar las facturas:
No introduzca apuntes de diferentes conceptos en un mismo asiento
Por ejemplo, no contabilice dos facturas de un mismo cliente en un solo asiento, aún cuando ambas tengan la misma fecha y el mismo cliente. Cada asiento debe reflejar una factura individual. Y tampoco sume varios asientos en uno solo, como por ejemplo la factura y su cobro. Separe ambas operaciones en dos asientos diferenciados. Puede utilizar la carga rápida de facturas para automatizar la entrada de facturas y sus respectivos cobros/pagos.
Utilice una cuenta de cliente o proveedor en los asientos de facturas
Para que OfiPro pueda saber a qué cliente o proveedor pertenece la factura, utilice en el asiento una cuenta de cliente, deudor, proveedor o acreedor. Si contabiliza la venta o compra directamente contra una cuenta de tesorería, no se podrá identificar el cliente o proveedor.
Las cuentas de Clientes y Proveedores, lógicamente, deberán tener introducido su NIF, en la correspondiente ficha del Plan Contable.
Puede utilizar la carga rápida de facturas para automatizar la entrada de facturas y sus respectivos cobros/pagos.
Utilice las cuentas de IVA que correspondan
OfiPro considerará como factura cualquier asiento que tenga una cuenta de IVA, exceptuando los que tenga asignado como tipo de asiento Regularización de IVA, o que contenga cuentas de Hacienda Publica, deudor/acreedor por IVA.
Como se ha explicado en el apartado Configuración del Plan Contable, los dos últimos dígitos de las cuentas de IVA soportado y repercutido deben indicar el porcentaje de IVA o de Recargo de Equivalencia que le corresponde. Por ejemplo:
Para que la liquidación automática de los impuestos se realice correctamente, deberá crear tantas cuentas de IVA como tipos de operación (interior, intracomunitaria, importación, etc.) vaya a utilizar en la empresa, diferenciándolas en el nivel 4. Por ejemplo, la 477.00 para operaciones interiores, la 477.10 para entregas intracomunitarias de bienes, etc. Consulte el apartado Cuentas contables para mayor información.
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Cuentas contables que forman la Base Imponible de las facturas, que identifican a Clientes, Proveedores, etc. |
OfiPro detecta automáticamente las cuentas del asiento que conforman la Base imponible de las facturas, las cuotas de IVA, y las cuentas de Clientes y Proveedores, así como las de retenciones y tesorería.
Para ello, se basa en el cuadro de cuentas estándar del Plan General Contable. Si va a utilizar cuentas que no figuren en el cuadro del PGC, o las va a utilizar para fines no previstos en el PGC, deberá añadirlas a la Configuración del Plan contable, de forma que OfiPro las tenga en cuenta para identificarlas adecuadamente.
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Vea ejemplos de cómo contabilizar asientos de diferentes tipos:
•Facturas con 2 o más cuentas de Base imponible de IVA
•Facturas con 2 o más Bases imponibles de IVA •Facturas recibidas con IVA no deducible
•Facturas de operaciones interiores con inversión de sujeto pasivo
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En la ficha de Asientos el apartado Factura tiene los siguientes campos, que deberá rellenar si fuese necesario:
Fecha de expedición: Sólo está habilitado en los asientos de Facturas recibidas, para indicar la fecha de expedición de la factura, cuando no coincide con la fecha de contabilización, la fecha del propio asiento.
Fecha de la operación: indica la fecha en que se realizó la operación. Se puede dejar en blanco si la fecha de la operación coincide con la de la factura. Si es una factura recibida de bienes de inversión, indicará la fecha de inicio de uso del bien.
Cuota deducible: Solo está habilitado en los asientos de Facturas recibidas, para indicar la cuota deducible de IVA, a efectos del Libro-registro de facturas recibidas. Solo es necesario rellenar este campo cuando la cuota deducible no sea el 100% de la cuota soportada reflejada en la factura.
Es Factura simplificada. Active esta casilla cuando el asiento sea de una factura simplificada (tique de caja).
Factura simplificada cualificada. Active esta casilla cuando el asiento sea de una factura simplificada cualificada, es decir, se identifica al destinatario con su NIF y domicilio.
Es Factura de compra (o anticipo) de un bien de inversión. Active esta casilla cuando el asiento sea de una factura de compra (o de un anticipo de ésta) de un bien de inversión, cuyo importe no supere los 3.005,06 euros. Este campo es necesario para confeccionar el Libro-registro de bienes de inversión.
En Facturas rectificativas: Se debe indicar la Factura rectificada, su Fecha, y el Tipo de rectificación.
Descripción de la operación: Describa la operación realizada de la factura, en caso de que la empresa esté en el Suministro Inmediato de la Información del IVA (SII). Puede dejarla vacía si desea utilizar la descripción por defecto establecida en la propia opción de generar los Libros-registros del SII.
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