- El retraso de la Agencia Tributaria en publicar el desarrollo del Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), normativa comúnmente conocida como VeriFactu, ha llevado a que en estos momentos el plazo dado a los desarrolladores de programas informáticos para realizar la adaptación finalice el 29 de Julio de 2025, mientras que los usuarios de dichos programas tienen un plazo menor, el 1 de Julio de 2025. Este sinsentido deberá ser arreglado retrasando el plazo para los usuarios, probablemente hasta 1 de Enero de 2026, pero en estos momentos todavía no se ha publicado ninguna modificación legal al respecto.
- Las conclusiones son:
•A partir del 29 de Julio de 2025 en España no se podrá desarrollar, comercializar, ni dar soporte a ningún programa informático que no esté adaptado a la nueva normativa.
•Todavía no se conoce el plazo oficial definitivo que tendrán las empresas usuarias de dichos programas, pero probablemente será el 1 de Enero de 2026.
Para mayor información sobre VeriFactu, consulte los apartados:
•VeriFactu - Preguntas frecuentes
•Portal VeriFactu de la Agencia Tributaria
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OfiPro continúa su adaptación paulatina a la normativa, muchos de cuyos requisitos ya se han ido incorporando en los últimos meses, como la estricta validación de los NIFs de clientes, el control estricto de la correlación en las fechas y numeraciones de las facturas, etc.
Una buena parte de las adaptaciones a VeriFactu ya realizadas en OfiPro están temporalmente desactivadas, ya que activarlas ahora mismo supondría para los usuarios más un inconveniente que una ventaja, como por ejemplo la imposibilidad de modificar la factura una vez grabada, aunque todavía no haya sido remitida al cliente. Este tipo de adaptaciones no se activarán hasta que la normativa entre en vigor, aunque en los próximos meses permitiremos activarlas, de modo opcional, a aquellas empresas que quieran probarlas de forma anticipada.
En la actualización de Noviembre de OfiPro se han realizado los siguientes cambios:
•En las Series de facturación, no se permiten los caracteres Ñ ni la Ç, ni otros caracteres que la AEAT no aceptará en los registros de facturación.
•Se impide generar facturas simplificadas de más de 3.000 euros. Si se supera esta cantidad, se debe emitir una factura completa, no simplificada.
•Se ha añadido el campo Descripción de la operación en las facturas de ventas y facturas simplificadas. El valor por defecto de dicha Descripción se especifica en la opción Mi Empresa, en el apartado Documentos - Valores por defecto. Hasta ahora dicho campo solo existía en OfiPro ERP, para gestionar el Suministro Inmediato de la Información del IVA (SII). Ahora se ha añadido en todas las versiones de OfiPro.
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Se ha actualizado el modelo 390, para incorporar las casillas correspondientes a los 7 tipos de IVA y 8 tipos de recargo de equivalencia que han estado en vigor durante el ejercicio 2024.
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![]() | Otros cambios |
- En los listados de Facturas de compra se ha añadido el campo Su Factura.
- Se ha actualizado el formato de los ficheros de Contabilización de datos de Facturación, con nuevos campos para dar soporte a la normativa VeriFactu.
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