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Centro de ayuda OfiPro

 

hmtoggle_plus0Diferencias en la Verificación de los modelos 303 y 390

 

En el Modelo 390, una vez realizada la Liquidación, al ejecutar la Verificación del Modelo 390 con el Modelo 303, OfiPro avisa de que no coinciden los importes de las casillas de ambos modelos.

 

OfiPro realiza las liquidaciones con la información que existe en el ejercicio contable en el mismo momento en que se realiza la liquidación. La información del resumen anual puede no coincidir con las liquidaciones mensuales o trimestrales en los siguientes casos:

 

-Una vez liquidado algún modelo 303 se han introducido manualmente modificaciones en algunas casillas de dicho modelo.

 

-Una vez liquidado un modelo 303 de su período correspondiente (mes o trimestre), se han incluido o modificado asientos en dicho periodo, con lo cual en la liquidación del 303 no se han incluido, mientras que en el 390, que se liquida en este momento, sí se incluyen.

 

-Se ha modificado el Tipo de operación de las cuentas contables de IVA, tras realizar las liquidaciones del Modelo 303.

 

 

Verifique cuál es el modelo 303 que tiene la liquidación incorrecta, realizando la siguiente prueba:

 

Edite los modelos 303 del ejercicio, uno a uno, apuntando los valores de las casillas que no coinciden con el modelo 390. A continuación, proceda a su Liquidación nuevamente. Recuerde que puede liquidar el modelo cuantas veces quiera, para ver cómo quedan los resultados, pero puede descartar dicha liquidación si no graba los datos de la ficha. Verifique si la liquidación ha cambiado los valores de alguna de las casillas afectadas. Si no ha variado, es que dicha liquidación es correcta. Si lo ha hecho, significa que la liquidación no corresponde con los datos actuales del ejercicio.

 

Una vez ajustados todos los modelos 303, ejecute de nuevo la verificación, que deberá ser correcta.

 

Advertencia sobre OfiPro

Tenga en cuenta que OfiPro debe contener en los modelos 303 la información que realmente se presentó en su momento ante la Agencia Tributaria.

 

Consulte con su asesor fiscal cómo proceder si la verificación no era correcta porque alguno de los modelos 303 presentados no correspondía con los datos contabilizados.

 

 

 

hmtoggle_plus0Al liquidar el modelo 390, los resultados de las autoliquidaciones periódicas de los modelos 303 no coinciden con el resultado de la declaración  anual

Para poder presentar el modelo 390, los resultados de las autoliquidaciones periódicas de los modelos 303 (reflejadas en las casillas 95, 97 o 98 del propio modelo 390) deben coincidir con el resultado de la declaración anual (casilla 86 o 94).

 

Si el resultado de ambos no coincide es porque se han añadido, borrado, o modificado asientos en el Diario en un trimestre cuyo modelo 303 ya estaba liquidado, y el modelo no se volvió a liquidar después de dichas modificaciones. O bien porque se ha modificado el tipo de operación de alguna de las cuentas de IVA implicadas en dichos asientos.

 

Los importes de la liquidación del modelo 390 se obtienen de los Libros-registro de facturas, con los datos de todo el ejercicio.

 

Los importes de la liquidación de los modelos 303 se obtienen igualmente a través de los Libros-registro de facturas, del mes o trimestre correspondiente, tal y como estaban dichos Libros en el momento de la liquidación.

 

 

Para verificarlo, realice la siguiente prueba: Ejecute de nuevo la liquidación de todos los meses o trimestres del modelo 303, uno a uno, y verifique si el resultado de la casilla 71 que aparece en pantalla varía o no tras la liquidación. Si varía, es que dicho modelo no fue liquidado con los mismos datos que constan actualmente en el Diario.

 

Advertencia sobre OfiPro

Si vuelve a liquidar un trimestre del modelo 303 y desea mantener los datos originales (ya que los datos que consten en OfiPro deben ser los que han sido presentados ante la Agencia Tributaria), no grabe los cambios en la ficha del modelo 303, es decir, no pulse el botón grabar tras la liquidación, y conteste No a la pregunta de si desea grabar la ficha, cuando cierre ésta.

 

 

 

 

 

hmtoggle_plus0La liquidación del modelo 303 no recoge una factura rectificativa

 

Tras realizar la liquidación del modelo 303, Vd. comprueba que OfiPro no ha cumplimentado las casillas [14] y [15], correspondientes a la Modificación bases y cuotas, a pesar de que en el diario consta, en el mismo periodo liquidado, el asiento de una factura rectificativa negativa.

 

Para solucionarlo, edite dicho asiento, y verifique que haya cumplimentado los campos del apartado Factura Rectificada, en la pestaña Factura.

 

Rellene los datos relativos a la factura rectificativa

Rellene los datos relativos a la factura rectificativa

 

 

Estos datos son requeridos para identificar a la factura como factura rectificativa, como se puede verificar en el Libro Registro de Facturas:

 

 

Libro Registro de Facturas con los datos de la Factura rectificativa

Libro Registro de Facturas con los datos de la Factura rectificativa

 

 

Una vez cumplimentados dichos campos, vuelva a liquidar el modelo 303. Las casillas de Modificación bases y cuotas se cumplimentarán con los importes registrados en el asiento de la Factura Rectificativa.

 

 

 

 

hmtoggle_plus0Después de liquidar un modelo 303 he ejecutado la opción de regularización del mismo. El resultado de la liquidación del modelo no coincide con el importe de la cuenta 475 del asiento de regularización generado

 

La Liquidación del Modelo 303 se calcula en base a los datos del Libro-Registro de Facturas, teniendo en cuenta solamente las facturas del periodo liquidado.

 

El cálculo del asiento de regularización, por su parte, no se calcula basándose en esta liquidación previa, sino que se realiza una regularización de los saldos contables de las cuentas de IVA a la fecha final del periodo liquidado.

 

Lo que ocurre en este caso es que los saldos contables de las cuentas de IVA no son los correctos.

 

Algunas de las posibles causas de esta incorrección son:

 

No está contabilizado en el Diario algún asiento de regularización de IVA de periodos anteriores.

 

Verifique que todos los periodos anteriores tengan su correspondiente regularización. Puede averiguarlo filtrando el Diario por Tipo de Asiento = Regularización IVA.

 

Los asientos de regularización de IVA de periodos anteriores grabados en el Diario no se corresponden con las liquidaciones

 

Verifique que las regularizaciones grabadas se correspondan con las liquidaciones en cada periodo. Es importante que, si ejecuta varias veces la liquidación que ya tenía hecha, antes de presentarla en la Agencia Tributaria, ejecute también la opción de Regularización, para que se correspondan.

 

Las liquidaciones y regularizaciones fueron realizadas correctamente en su momento, pero posteriormente se introdujeron, modificaron, o eliminaron asientos de facturas (con cuentas de IVA) de periodos ya liquidados.

 

Se puede verificar ejecutando de nuevo la Liquidación del Modelo 303 de los periodos anteriores, teniendo cuidado de no grabar la ficha para que la liquidación corresponda con la presentada ante la Agencia Tributaria. Tras ejecutarla, verifique en la pantalla que los importes de la misma no hayan sufrido alteración. Si es así, es que se han modificado los datos del Diario en el periodo, tras haber realizado la liquidación. Para evitar que esto suceda, es recomendable bloquear el Diario a partir de las fechas en que se hayan presentado las liquidaciones de IVA.

 

 

 

 

hmtoggle_plus0Al liquidar el modelo 303 recibo el aviso "(Importe negativo) no es un valor válido para el campo 'Casilla XX'. El rango permitido es de 0 a 9999999"

Dicho aviso indica que el proceso de Liquidación ha calculado, para la casilla indicada, un valor negativo. Sin embargo, la Agencia Tributaria no admite un valor negativo en dicha casilla.

 

Si el número de la casilla indicada en el aviso se encuentra en el rango de la [01] a la [13] o de la [150] a la [155], (por ejemplo, en la casilla [07]), es debido a que en el Libro-registro de Facturas están registradas facturas de importe negativo que no son rectificativas. Y todas las facturas con importe negativo debe ser rectificativas.

 

Puede verificarlo emitiendo el Libro-registro de Facturas, en modo Borrador, del mismo periodo que está liquidando, y activando la casilla Solo listar Facturas con errores: Se visualizarán todos los registros que tengan algún error lógico, con un número de error en la última columna de la derecha, cuyo significado se detalla en la última página del Libro. Localice aquellos que tengan el error 27 - Las facturas de importe negativo deben ser facturas rectificativas.

 

Revise los asientos de dichas facturas uno a uno, identificándolas como facturas rectificativas, es decir, rellenando los campos del apartado Factura rectificada, dentro de la pestaña Factura de la pantalla del asiento.

 

En el Libro-registro se incluye la columna del Número de asiento que corresponde a cada registro, para su rápida localización y edición en el Diario.

 

Una vez las facturas de importe negativo estén correctamente identificadas como rectificativas, ejecute de nuevo la Liquidación del modelo 303, para que se corrija el valor de las casillas correspondientes.

 

 

 

 

hmtoggle_plus0Al liquidar el modelo 303 se compensan automáticamente los importes pendientes de periodos anteriores (casilla 78)

En el último periodo del ejercicio (4º Trimestre o mes Diciembre) del modelo 303, la liquidación se realiza compensando los importes pendientes de periodos anteriores, llevándolos a la casilla 78.

 

En caso de que no desee compensarlos en este periodo, debe modificar manualmente la declaración, poniendo el valor 0 en la casilla 78.

 

 

 

 

hmtoggle_plus0Al presentar la liquidación del modelo 390 en la web de la Agencia Tributaria, recibo un mensaje "PAR016 Los resultados de las autoliquidaciones periódicas (Apartado 9 de la declaración) no coinciden con los resultados de la declaración anual"

El aviso que recibe en la página de la AEAT indica que los resultados de las autoliquidaciones periódicas de los modelos 303 (reflejadas en las casillas 95, 97 o 98 del modelo 390) no coinciden con el resultado de la declaración anual del modelo 390 (casilla 86 o 94).

 

Los importes de la liquidación del modelo 390 se obtienen de los Libros-registro de facturas, con los datos de todo el ejercicio.

 

Los importes de la liquidación de los modelos 303 se obtienen igualmente a través de los Libros-registro de facturas, del mes o trimestre correspondiente, tal y como estaban dichos Libros en el momento de la liquidación.

 

Si el resultado de ambos no coincide es porque se han añadido, borrado, o modificado asientos en el Diario en un trimestre cuyo modelo 303 ya estaba liquidado, y el modelo no se volvió a liquidar después de dichas modificaciones. O bien porque se ha modificado el tipo de operación de alguna de las cuentas de IVA implicadas en dichos asientos.

 

Para verificarlo, realice la siguiente prueba: Ejecute de nuevo la liquidación de todos los meses o trimestres del modelo 303, uno a uno, y verifique si el resultado de la casilla 71 que aparece en pantalla varía o no tras la liquidación. Si varía, es que dicho modelo no fue liquidado con los mismos datos que constan actualmente en el Diario.

 

Advertencia sobre OfiPro

Si vuelve a liquidar un trimestre del modelo 303 y desea mantener los datos originales (ya que los datos que consten en OfiPro deben ser los que han sido presentados ante la Agencia Tributaria), no grabe los cambios en la ficha del modelo 303, es decir, no pulse el botón grabar tras la liquidación, y conteste No a la pregunta de si desea grabar la ficha, cuando cierre ésta.

 

 

 

 

 

hmtoggle_plus0La casilla 150 del modelo 303 y la 700 del modelo 390 no reflejan algunas facturas con el IVA al 0%, y no coinciden con el total del IVA al 0% del Libro-registro de Facturas emitidas

La casilla 150 del modelo 303, así como la casilla 700 del modelo 390, solo deben reflejar las facturas con IVA al 0% sujetas y no exentas. No tienen que reflejar las facturas con el IVA al 0% no sujetas, ni las exentas, por lo tanto no tiene porqué coincidir necesariamente con el total del IVA al 0% del Libro-registro de facturas emitidas, si se han contabilizado facturas no sujetas o exentas con IVA al 0%.