Se han añadido las siguiente novedades a la Guía OfiPro del Suministro Inmediato de Información del IVA:
•En el apartado "Sanciones" se ha añadido el siguiente párrafo:
En los casos en que existan incidencias de carácter técnico, ajenas totalmente al obligado tributario, que impidan cumplir en plazo con el suministro de los registros de facturación, se podrán remitir los registros durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización de dicho plazo. A estos efectos deberá quedar acreditada la existencia de tales incidencia técnicas.
•Actualizado el enlace a la última versión de la página de Preguntas Frecuentes sobre el SII de la Agencia Tributaria.
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Una vez finalizado el periodo de prueba del SII, los datos de prueba que existían en OfiPro han sido borrados: los ficheros de los Libros-registro del SII están vacíos, para poder comenzar con la generación y remisión de los datos reales a partir del día 1 de Julio.
En los servidores de la Agencia Tributaria no es necesario eliminar dichos datos de prueba, ya que se han registrado en servidores de pruebas, distintos de los servidores reales que se activarán el 1 de Julio, sin ningún dato inicial.
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Ahora OfiPro permite validar la existencia de un NIF (Número de Identificación Fiscal), a través del servicio de validación de la Agencia Tributaria.
Pulse el botón Validar NIF (el aspa verde a la derecha del NIF)
En el caso de que el NIF sea de una entidad jurídica, se compara además el nombre de la Empresa con la Razón Social que la Agencia Tributaria asigna a dicho NIF. En caso de que no coincidan, se avisa, y se da opción a actualizarla en OfiPro.
Para poder usar el servicio, la Agencia Tributaria requiere un DNIe o certificado electrónico. Para facilitar múltiples validaciones, OfiPro solo solicita dicho certificado la primera vez que se accede al servicio.
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