Para que se imprima el código QR de una determinada factura, tiene que haber sido creado el correspondiente registro de facturación VeriFactu de dicha factura. Por tanto, las facturas generadas antes de la fecha de activación de VeriFactu no imprimen el código QR, aunque la plantilla de impresión ya esté preparada para imprimirlo.
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Si, la impresión del código QR en las facturas se realiza igualmente, siempre que en el momento de la generación de dicha factura se haya generado el correspondiente registro de facturación VeriFactu (lo cual en OfiPro es automático cuando se genera una factura y VeriFactu está activo).
La única consecuencia que tendría la no remisión sería que si el destinatario de la factura (su cliente) realiza la verificación de la factura utilizando el código QR, el servidor de Hacienda le dirá que el registro todavía no existe en sus servidores. Tan pronto se remita, el servidor ya emitiría una respuesta positiva.
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Las empresas acogidas al SII (Suministro Inmediato de la Información del IVA) no tienen que cumplir con los requisitos de VeriFactu, y viceversa. Dado que la impresión del código QR en las facturas es un requisito de VeriFactu, no del SII, las empresas acogidas al SII no deben imprimir el código QR en sus facturas.
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