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Centro de ayuda OfiPro

 

 

hmtoggle_plus0Al liquidar el modelo 390 el importe de las casillas de IVA devengado (o IVA deducible) no coincide con el correspondiente sumatorio por tipos de operaciones del Libro-registro de facturas, ni el importe de las casillas de modificación de bases y cuotas (o rectificación de deducciones) con el correspondiente sumatorio de facturas rectificativas

 

Desde la actualización del mes de Diciembre de 2025, en la liquidación del modelo 390 las facturas no rectificativas con importe negativo (tanto de IVA devengado como de IVA deducible) serán incluidas en las casillas correspondientes a las facturas rectificativas, en consonancia con las liquidaciones que la Agencia Tributaria hace en el modelo pre-303.

 

Casillas que reflejan tanto las facturas rectificativas como las no rectificativas de importe negativo:

 

IVA devengado: Modificación bases y cuotas, casillas [29] y [30]

IVA devengado: Modificaciones de bases y cuotas de operaciones intragrupo, casillas [649] y [650]

IVA devengado: Modificación recargo de equivalencia, casillas [43] y [44]

IVA deducible: Rectificación de deducciones, casillas [639], y [62].

IVA deducible: Rectificación de deducciones por operaciones intragrupo, casillas [651], y [652].

 

 

Por tanto, si verifica la liquidación del modelo 390 comparándola con los sumatorios del Libro-registro de facturas (que constan en la página-resumen final, de importes desglosados por operaciones), los importes liquidados en las casillas de IVA devengado y deducible no tienen porqué coincidir necesariamente con los acumulados del Libro-registro de facturas. Si en el Libro-registro constan facturas no rectificativas de importe negativo, éstas constarán en las casillas de facturas rectificativas (modificación de bases y cuotas / rectificación de deducciones), en vez de constar (restando) en las casillas normales de IVA devengado y deducible.

 

 

 

 

hmtoggle_plus0La casilla 700 del modelo 390 no refleja algunas facturas con el IVA al 0%, y no coinciden con el total del IVA al 0% del Libro-registro de Facturas emitidas

La casilla 700 del modelo 390 solo debe reflejar las facturas con IVA al 0% sujetas y no exentas. No tiene que reflejar las facturas con el IVA al 0% no sujetas, ni las exentas, por lo tanto no tiene porqué coincidir necesariamente con el total del IVA al 0% del Libro-registro de facturas emitidas, si se han contabilizado facturas no sujetas o exentas con IVA al 0%.

 

 

 

 

hmtoggle_plus0Diferencias en la Verificación de los modelos 303 y 390

 

En el Modelo 390, una vez realizada la Liquidación, al ejecutar la Verificación del Modelo 390 con el Modelo 303, OfiPro avisa de que no coinciden los importes de las casillas de ambos modelos.

 

OfiPro realiza las liquidaciones con la información que existe en el ejercicio contable en el mismo momento en que se realiza la liquidación. La información del resumen anual puede no coincidir con las liquidaciones mensuales o trimestrales en los siguientes casos:

 

-Una vez liquidado algún modelo 303 se han introducido manualmente modificaciones en algunas casillas de dicho modelo.

 

-Una vez liquidado un modelo 303 de su período correspondiente (mes o trimestre), se han incluido o modificado asientos en dicho periodo, con lo cual en la liquidación del 303 no se han incluido, mientras que en el 390, que se liquida en este momento, sí se incluyen.

 

-Se ha modificado el Tipo de operación de las cuentas contables de IVA, tras realizar las liquidaciones del Modelo 303.

 

 

Verifique cuál es el modelo 303 que tiene la liquidación incorrecta, realizando la siguiente prueba:

 

Edite los modelos 303 del ejercicio, uno a uno, apuntando los valores de las casillas que no coinciden con el modelo 390. A continuación, proceda a su Liquidación nuevamente. Recuerde que puede liquidar el modelo cuantas veces quiera, para ver cómo quedan los resultados, pero puede descartar dicha liquidación si no graba los datos de la ficha. Verifique si la liquidación ha cambiado los valores de alguna de las casillas afectadas. Si no ha variado, es que dicha liquidación es correcta. Si lo ha hecho, significa que la liquidación no corresponde con los datos actuales del ejercicio.

 

Una vez ajustados todos los modelos 303, ejecute de nuevo la verificación, que deberá ser correcta.

 

Advertencia sobre OfiPro

Tenga en cuenta que OfiPro debe contener en los modelos 303 la información que realmente se presentó en su momento ante la Agencia Tributaria.

 

Consulte con su asesor fiscal cómo proceder si la verificación no era correcta porque alguno de los modelos 303 presentados no correspondía con los datos contabilizados.

 

 

 

 

hmtoggle_plus0Al liquidar el modelo 390, los resultados de las autoliquidaciones periódicas de los modelos 303 no coinciden con el resultado de la declaración  anual

Para poder presentar el modelo 390, los resultados de las autoliquidaciones periódicas de los modelos 303 (reflejadas en las casillas 95, 97 o 98 del propio modelo 390) deben coincidir con el resultado de la declaración anual (casilla 86 o 94).

 

Si el resultado de ambos no coincide es porque se han añadido, borrado, o modificado asientos en el Diario en un trimestre cuyo modelo 303 ya estaba liquidado, y el modelo no se volvió a liquidar después de dichas modificaciones. O bien porque se ha modificado el tipo de operación de alguna de las cuentas de IVA implicadas en dichos asientos.

 

Los importes de la liquidación del modelo 390 se obtienen de los Libros-registro de facturas, con los datos de todo el ejercicio.

 

Los importes de la liquidación de los modelos 303 se obtienen igualmente a través de los Libros-registro de facturas, del mes o trimestre correspondiente, tal y como estaban dichos Libros en el momento de la liquidación.

 

 

Para verificarlo, realice la siguiente prueba: Ejecute de nuevo la liquidación de todos los meses o trimestres del modelo 303, uno a uno, y verifique si el resultado de la casilla 71 que aparece en pantalla varía o no tras la liquidación. Si varía, es que dicho modelo no fue liquidado con los mismos datos que constan actualmente en el Diario.

 

Advertencia sobre OfiPro

Si vuelve a liquidar un trimestre del modelo 303 y desea mantener los datos originales (ya que los datos que consten en OfiPro deben ser los que han sido presentados ante la Agencia Tributaria), no grabe los cambios en la ficha del modelo 303, es decir, no pulse el botón grabar tras la liquidación, y conteste No a la pregunta de si desea grabar la ficha, cuando cierre ésta.

 

 

 

 

hmtoggle_plus0Al presentar la liquidación del modelo 390 en la web de la Agencia Tributaria, recibo un mensaje "PAR016 Los resultados de las autoliquidaciones periódicas (Apartado 9 de la declaración) no coinciden con los resultados de la declaración anual"

El aviso que recibe en la página de la AEAT indica que los resultados de las autoliquidaciones periódicas de los modelos 303 (reflejadas en las casillas 95, 97 o 98 del modelo 390) no coinciden con el resultado de la declaración anual del modelo 390 (casilla 86 o 94).

 

Los importes de la liquidación del modelo 390 se obtienen de los Libros-registro de facturas, con los datos de todo el ejercicio.

 

Los importes de la liquidación de los modelos 303 se obtienen igualmente a través de los Libros-registro de facturas, del mes o trimestre correspondiente, tal y como estaban dichos Libros en el momento de la liquidación.

 

Si el resultado de ambos no coincide es porque se han añadido, borrado, o modificado asientos en el Diario en un trimestre cuyo modelo 303 ya estaba liquidado, y el modelo no se volvió a liquidar después de dichas modificaciones. O bien porque se ha modificado el tipo de operación de alguna de las cuentas de IVA implicadas en dichos asientos.

 

Para verificarlo, realice la siguiente prueba: Ejecute de nuevo la liquidación de todos los meses o trimestres del modelo 303, uno a uno, y verifique si el resultado de la casilla 71 que aparece en pantalla varía o no tras la liquidación. Si varía, es que dicho modelo no fue liquidado con los mismos datos que constan actualmente en el Diario.

 

Advertencia sobre OfiPro

Si vuelve a liquidar un trimestre del modelo 303 y desea mantener los datos originales (ya que los datos que consten en OfiPro deben ser los que han sido presentados ante la Agencia Tributaria), no grabe los cambios en la ficha del modelo 303, es decir, no pulse el botón grabar tras la liquidación, y conteste No a la pregunta de si desea grabar la ficha, cuando cierre ésta.