El Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, BOE de 27 de mayo, ha fijado los siguientes plazos máximos:
1.Formulación de las Cuentas Anuales por parte de los administradores: 31 de agosto de 2020. 2.Aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de socios: 31 de octubre de 2020. 3.Legalización de libros oficiales: 30 de septiembre de 2020. 4.Depósito de Cuentas Anuales en el Registro Mercantil: 30 de noviembre de 2020.
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