Los datos de los Impuestos y declaraciones se pueden calcular de forma automática o bien introducirse manualmente:
•Liquidación automática: La liquidación automática, ejecutada con el botón Liquidar de la ficha del impuesto, calcula automáticamente los datos del modelo, a partir de los datos del Diario o del Libro-registro de facturas.
•Liquidación manual: Para realizar la liquidación manual, introduzca manualmente los datos del modelo en las casillas correspondientes.
Las liquidaciones se pueden repetir y verificar cuantas veces sea necesario. También puede modificar manualmente las declaraciones, una vez ejecutada la liquidación automática, añadiendo, modificando, o borrando datos.
Tenga presente que algunos modelos pueden incluir casillas de regímenes fiscales especiales, o casillas informativas de contenido no contable, que OfiPro no gestiona. Por ejemplo, no se gestiona la casuística de las declaraciones de concurso de acreedores. En estos casos, haga un repaso de los datos rellenados por la liquidación automática, complementándolos con los necesarios, teniendo en cuenta las peculiaridades que su empresa o sector deban incluir en las declaraciones.
Los archivos generados por el proceso de liquidación se graban en el directorio C:\AEAT del disco duro, y tienen el formato Empresa_Modelo_Periodo_Ejercicio.txt. Por ejemplo, al liquidar el modelo 303 del periodo 3T de 2012 de la empresa Empresa1 se genera el fichero Empresa1_Mod303_3T_2012.txt
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Procure no modificar aquellas declaraciones que ya han sido presentadas ante la Agencia Tributaria, para que los datos que tiene en OfiPro coincidan exactamente con los presentados.
Puede ser recomendable bloquear el Diario hasta el mes o trimestre cuyos impuestos ya han sido presentados, para que no se puedan modificar inadvertidamente los asientos de dicho periodo.
Es muy recomendable emitir los Libros-registro de facturas en modo Borrador siempre antes de liquidar impuestos, para verificar que los asientos de facturas estén correctamente contabilizados, y no contenga ningún error lógico, como por ejemplo, que la base imponible y la cuota de IVA contabilizadas no coincidan entre sí o que si un Cliente o Proveedor no tuviesen el NIF.
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Tras realizar una liquidación automática, los datos se visualizan en pantalla, pero no son grabados automáticamente, hasta que se pulsa el botón Guardar o se cierra la ficha. Puede optar por no grabarlos, saliendo de la pantalla sin modificarlos. Por tanto, puede ejecutar la liquidación para ver su resultado en pantalla, sin alterarla. Es útil, por ejemplo, para verificar que, tras la liquidación y presentación de un modelo, los datos del Diario no se han variado de forma que en este momento la liquidación fuese distinta si se ejecutase de nuevo.
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En la liquidación de los modelos 303, 390, 340, 347 y 349, se muestra un aviso si alguna factura está marcada como no correcta en el Libro-registro de Facturas.
Dado que la liquidación se basa en los datos del Libro-registro, si recibe dicho aviso es conveniente que corrija dicha situación, y vuelva a realizar la liquidación cuando todos los datos del Libro-registro estén correctos.
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El Estado de la liquidación le permite tener controlado el estado en que se encuentra la liquidación/presentación del impuesto:
•No liquidado.
•Liquidado, pendiente de revisión.
•Revisado, pendiente de presentación.
•Presentado.
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Vea algunos ejemplos de problemas y dudas que pueden surgir con la liquidación de impuestos, en el apartado Problemas y dudas más frecuentes.
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