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Centro de ayuda OfiPro

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Actualización - Enero 2012

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Añadido enlace al Centro de Ayuda desde la Presentación de Impuestos

 

Se ha incorporado un enlace al Centro de Ayuda dentro los modelos disponibles en el grupo Impuestos de la barra de opciones de la Contabilidad, ante las incidencias que han surgido con algunas versiones de Internet Explorer durante la presentación temática de los modelos de la AEAT.

 

 

Enlace de Ayuda en la presentación de impuestos

Enlace de Ayuda en la presentación de impuestos

 

 

 

Despreocúpese ahora del envío de facturas a su asesor

 

Si su empresa lleva la contabilidad con un asesor o contable externo, y éste está suscrito a OfiPro, como sabe ya no hacía falta llevarle físicamente los documentos a contabilizar porque OfiPro es online, pero además ahora ni siquiera hace falta enviar los ficheros por email. Usted autoriza a su asesor una vez y él contabilizará sus datos sin su intervención siempre que lo necesite.

 

En la pantalla Mi Cuenta en OfiPro, indicando la cuenta de OfiPro de su asesor, éste quedará autorizado para contabilizar automáticamente los datos de su empresa, evitando el envío y recogida de los ficheros manualmente entre ustedes dos.

 

 

Despreocúpese del envío de facturas a su asesor con OfiPro

Despreocúpese del envío de facturas a su asesor con OfiPro

 

 

Ventajas del nuevo sistema

Usted lo configura una vez y ya está. No tiene que hacer nada más. Su asesor contabilizará los datos cuando los necesite, no importa donde esté ni a la hora que sea, y sin esperas. Y sin necesidad de su intervención.

 

Puede cambiar la cuenta del asesor autorizado a contabilizar sus datos, o simplemente desactivar esta funcionalidad, cuando lo desee.

 

El nuevo sistema es más seguro dado que no hay circulación externa de los ficheros a contabilizar, todo el ciclo transcurre internamente en los sistemas de OfiPro, sin posibilidad de extravío de información o intercepción por terceros.

 

 

Nuevo Plan Contable de Entidades sin fines lucrativos

 

Se ha añadido el nuevo Plan contable sectorial, de Entidades sin fines lucrativos, y sus correspondientes modelos de cuentas anuales y estado de flujos de efectivo, según Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre.

 

 

Actualizado el Modelo 390 - Declaración-resumen anual de IVA

 

Actualizado el Modelo 390, Declaración-resumen anual de IVA, a la última versión publicada por la Agencia Tributaria.

 

 

Actualizado el Modelo 347 - Declaración de Operaciones con Terceros

 

Fecha de presentación

Se mantiene la presentación en el mes de Marzo para el actual ejercicio 2011. Para próximos ejercicios (a presentar en 2013 en adelante) se presentará en el mes de Febrero.

 

Desglose trimestral de la información

Sigue presentándose una única declaración anual del modelo 347, pero ahora la información sobre las operaciones realizadas se proporciona desglosada por trimestres, por cada cliente o proveedor.

 

Presentación junto con el modelo 340

Los obligados a presentar el modelo 340, Libro-registro de facturas, también deberán presentar el modelo 347 del ejercicio 2011, aunque no es necesario aportar el desglose trimestral de la información. En la liquidación automática del modelo 347, OfiPro desglosa la información por trimestres igualmente. Puede presentarlo así, o bien, si no desea aportar dicho desglose, puede modificar manualmente la liquidación realizada por OfiPro, acumulando todos los importes en el 4º trimestre.

 

Los obligados a presentar el modelo 340 no tendrán que presentar el modelo 347 a partir del próximo ejercicio 2012 (pero recuerde, sí tiene que presentarlo para el actual ejercicio 2011).

 

A partir del ejercicio 2014 el modelo 347 desaparecerá, ya que la información que se suministraba en él se incluirá en el modelo 340, que pasará a ser obligatorio para todas las empresas mercantiles.

 

 

Envío de emails o cartas a los clientes y proveedores para el cotejo de la información del modelo 347

OfiPro ya incluye en dicho email o carta el desglose trimestral de la información, por lo que ya puede enviarlas cuando lo desee.

Tenga en cuenta, sin embargo, que puede haber discrepancias en los importes declarados por Vd. y la declarada por sus clientes y proveedores. Ello es debido a que las facturas expedidas constarán en trimestre de su expedición, mientras que las recibidas constarán en el trimestre en que fueron recibidas. Así, una factura que Vd. emitió el 25 de Marzo (1T), su cliente puede haberla recibido y registrado el 10 de Abril (2T).