Las empresas que emitan facturas a las Administraciones Públicas, además de generar facturas electrónicas firmadas digitalmente en formato Facturae, deben remitirlas al punto de entrada que cada Administración Pública ha habilitado para facilitar su recepción.
FACe es el Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado. Una vez presentada la factura ante el portal FACe, la administración la remitirá al registro contable de facturas del departamento correspondiente para proceder a su tramitación.
Además de FACe, existen otros puntos de entrada de administraciones autonómicas, locales y provinciales.
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La administración pública que tiene Vd. como cliente debe indicarle a qué punto de entrada debe remitir sus facturas. También deberá facilitarle sus códigos DIR3, que identifican la administración pública a la que va destinada la factura: Fiscal (Oficina contable), Receptor (órgano gestor), Pagador (unidad tramitadora), y Comprador (órgano proponente, opcional). |
Para remitir Facturas electrónicas a las administraciones públicas, consulte la opción Remitir facturas electrónicas al portal FACe.
Obtenga más información sobre el portal FACe en los siguientes enlaces:
•https://www.facturae.gob.es/factura-electronica/Documents/Folleto_informativo_FACe.pdf
•http://www.minhap.gob.es/es-ES/Servicios/Paginas/FAQdefacturaelectronica.aspx