Para la correcta contabilización de los datos de Facturación bajo el Criterio de Caja, deberá gestionar en la Facturación los cobros y los pagos, así como gestionar la asignación de los mismos a sus respectivos vencimientos. Si su empresa no está acogida a dicho criterio, pero ha recibido facturas de proveedores que sí lo están, deberá gestionar en la Facturación al menos los Pagos de dichas facturas, y asignarlas a sus respectivos vencimientos.
En el caso de que vaya a contabilizar remesas al descuento del Cuaderno 58 que incluyan cobros en Criterio de Caja, el asiento de la Remesa se generará con cuentas de Efectos comerciales descontados, ya que en Criterio de Caja no se puede considerar el cobro como tal hasta la fecha del vencimiento.
Por tanto, deberá contabilizar manualmente los cobros de dichas remesas, en la fecha de vencimiento de cada adeudo.
Cuando el periodo a contabilizar incluye el mes de Diciembre, se contabiliza automáticamente el asiento de devengo de las Facturas del ejercicio anterior en IVA de Caja no cobradas o no pagadas a 31 de Diciembre del ejercicio actual.
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